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PLAN BADAJOZ.

Primo de Rivera, en la II República propone la Ley de Obras de Puesta en Riego (1932) para compensar la continuada falta de interés de los propietarios. Se preveía la expropiación para parcelas, previa indemnización. Aunque esta ley tuvo pocas oportunidades de ser aplicadas constituye el antecedente directo de la Ley de Grandes Zonas Regables (1939).

Concluida la Guerra Civil española se procedió a las expropiaciones y a la disolución del Instituto de Reforma Agraria.

La consolidación del nuevo régimen franquista exigía un programa social: en una primera manifestación pragmática, el 9 de marzo de 1938:

"Se atenderá a dotar a cada familia campesina de una pequeña parcela, un huerto familiar, que le sirva para atender a sus necesidades elementales y ocupara su actividad en los días de paro"
"El Estado asegura a los arrendatarios la estabilidad en el cultivo de la tierra por medio de contratos a largo plazo que les garantice contra el desahucio injustificado y les asegure la amortización de las mejoras que hubiesen realizado en él".
Todas las gestiones no quedan al arbitrio sino que han de ser reguladas por el Gobierno: "Es aspiración del Estado arbitrar los medios conducentes para que la tierra, en condiciones justas, pase a ser de quienes directamente las explotan".

Los principales textos legales para la parcelación de las tierras en regadíos por la intervención del Estado son del 18 de octubre de 1939 en que se crea el Instituto Nacional de Colonización y la Ley de Grandes Zonas Regables, el 26 de diciembre de 1939 y sobre todo la Ley de Colonización de 1949, que es donde propiamente toma cuerpo la política de colonización.

En 1948 se redactó un Plan, General de Ordenación, donde se recogen dos capítulos diferenciados:

Por una parte, la situación económica: las tierras sólo producen la mitad de su rendimiento en secano y apenas se han buscado otras regables que aseguren y multipliquen las producciones, así como comarcas de plantaciones arbóreas deficientemente aprovechadas y una ganadería poco variada en relación al medio; la industria apenas tiene importancia atractiva y la investigación y explotación minera está en lamentable olvido o abandono. La red de comunicaciones para la explotación de la riqueza existente es precaria.
Por otra, el diagnóstico social: la propiedad rústica está muy concentrada; las formas en que se llevan a cabo las explotaciones agrícolas enturbian de manera grave la convivencia de los hombres del campo; y no existen perspectivas de progreso por esfuerzo propio en la escala de trabajo.

El 5 de abril de 1952 las Cortes Españolas, reunidas en sesión plenaria aprueban el Plan de Obras, Colonización, Industrialización, y Electrificación de la provincia de Badajoz. Fue el ministro de Obras Publicas, Conde de Vallellano, el encargado de defender el proyecto ante la asamblea.
La Ley era dada en el Palacio del Prado el 7 de abril por el Jefe de Estado Español Francisco Franco Bahamonde y publicada al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado.

Los objetivos principales de dicha ley era: regular el cauce del río Guadiana para aprovechar sus aguas a efecto de riego y de producción eléctrica al tiempo que evitar sus desbordamientos tradicionales; colonizar las zonas puestas en regadío atendiendo a su electrificación; mejorar la red de comunicaciones y otras estructuras y equipamientos con atención especial a las repoblaciones forestales, e industrializar y comercializar los productos obtenidos. El coste total de las actuaciones previstas ascendía a 5.000 millones de pesetas, divididas en 14 anualidades.

Le ejecución del proyecto había sido encomendada a la Comisión técnica mixta, creada el 11 de septiembre de 1951, bajo el control de los ministerios de Hacienda, Agricultura, Obras Públicas e Industria y a la superior aprobación del Consejo de Ministros. El desarrollo del plan se preveía en 14 años (1952-1966).

Sobre el río Guadiana se crea en las Vegas Bajas la presa de Montijo, de donde arrancan dos canales: por el lado derecho el de Montijo que abastece a los pueblos nuevos de Guadiana del Caudillo, Pueblonuevo del Guadiana, Novelda del Guadiana, Gévora, Valdebotoa, Lácara y Alcazaba, y a los antiguos de Garrovilla, Torremayor, Puebla de la Calzada, Montijo y Badajoz. Por el lado izquierdo, el de Lobón, que riega los pueblos de Valdelacalzada, Villafranco del Guadiana, Balboa, Barbaño, Guadajira, Sagrajas y Alvarado, y los viejos de Lobón, Talavera-Aldea del Conde-y Badajoz.

En las Vegas Altas se construyen los poblados de Gargáligas, El Torviscal y Zurbarán (Don Benito); Guadalperales (Acedera); Valdivia y Entrerios (Villanueva de la Serena), y Docenario (Zalamea de la Serena).

Otros lugares abarcan el nuevo plan de regadío La Bazana y Baluengo (Jerez de los Caballeros), San Francisco y San Rafael (Olivenza).

Una vez implantado el plan, se establecen tres planes de desarrollo con diversos programas de actuación, en fases trienales: 1º:1964-1967; 2º:1968-1971; y 3º:1972-1975.

 

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